Por violar el Código de Policía, un trompetista y una mujer que lo defendía fueron detenidos por la Policía y sancionados. Varios testigos del hecho consideran que hubo excesivo despliegue de parte de los uniformados.
La ciudadanía no sale de su perplegidad, pues la Policía con prontitud atendió este procedimiento en contra de un músico callejero, pero cuestiona que al parecer no se haya tenido la misma acuciosidad para dar con el paradero del asesino de Laura Juliana Jojoa Murillo.
Con respecto a esta situación , la comandancia del Departamento de Policía Quindío, expidió el siguiente comunicado:
Julio 11 de 2018.
El Departamento de Policía Quindío se permite informar que de acuerdo a los hechos ocurridos durante el procedimiento de policía en Armenia- Quindío, donde se acudió en respuesta a un llamado de la ciudadanía por la presencia de una persona interpretando un instrumento musical en vía pública, nos permitimos informar que:
El Código Nacional de Policía y Convivencia es de carácter preventivo y por ende la patrulla del cuadrante, con miras de aplicar este principio, acudió al sitio de llamado de la ciudadanía, con la finalidad de verificar y realizar el procedimiento en este marco.
Esta persona incurrió en infracciones al Código Nacional de Policía y Convivencia, en su artículo 35, numeral 1 “irrespetar a las autoridades de policía”, artículo 35 numeral 3 “impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía” y artículo 27 numeral 1 “reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas”, por ese motivo se le expidió orden de comparendo en la cual debe presentarse en los tres (3) días siguientes ante el Inspector de Policía, para ejercer su derecho a la defensa y cuya sanción podría acarrear multas equivalentes a 1’529.232 pesos y participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Con respecto a la señora que interfirió en el procedimiento de policía, de manera irrespetuosa y agresiva con el cuadrante, se le impuso una orden de comparendo, por infringir el Código Nacional de Policía y Convivencia, en su artículo 35, numeral 1, “irrespetar a las autoridades de policía”, el cual le podría acarrear una multa general tipo 2, equivalente a 254.872 pesos.
Se hace un llamado a la ciudadanía para que respete los procedimientos de policía y evite confrontar con los uniformados. En caso de no estar de acuerdo con su actuación podrá registrar en vídeo el procedimiento e informar de manera oportuna dicha inconformidad ante la autoridad competente.
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